expediente matrimonial

Qué es el expediente matrimonial y cómo conseguirlo

El expediente matrimonial es un paso esencial para formalizar el matrimonio civil o religioso en España. Este procedimiento permite verificar que ambas partes cumplen con los requisitos legales para contraer matrimonio y asegura la validez jurídica de la unión. 

Desde Almoguera Notario, queremos explicarte cada aspecto clave de este trámite y recordarte que puedes obtenerlo directamente en nuestra notaría de Madrid:

¿Qué es el expediente matrimonial?

El expediente matrimonial es un proceso administrativo obligatorio que acredita que los futuros cónyuges están legalmente capacitados para casarse. Su finalidad principal es comprobar que no existen impedimentos legales, como vínculos matrimoniales previos, parentesco prohibido u otras circunstancias que invaliden la unión.
Este expediente se aplica tanto a matrimonios civiles como religiosos.

¿Dónde se tramita el Expediente Matrimonial?

El lugar de tramitación dependerá del tipo de matrimonio que se desee realizar:

Para matrimonios religiosos: Se realiza en la parroquia donde se celebrará el matrimonio, aunque posteriormente debe legalizarse e inscribirse en el Registro Civil.

Para matrimonios civiles: Se tramita en el Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes, o en la notaría que elija la pareja.

Documentación necesaria para tramitar el expediente matrimonial

Los contrayentes deben aportar la siguiente documentación para la apertura del expediente matrimonial:

  • Solicitud de apertura del expediente.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o NIE de ambos contrayentes.
  • Certificado literal de nacimiento de cada uno, expedido por el Registro Civil.
  • Certificado de empadronamiento o residencia que acredite su domicilio actual.
  • Declaración jurada del estado civil actual.
  • Certificado de capacidad matrimonial (en caso de extranjeros).
  • Certificado de divorcio o viudedad (si alguno de los contrayentes estuvo casado anteriormente).
  • Testigos: Dos personas mayores de edad deberán testificar que no hay impedimentos para el matrimonio.

Es importante confirmar los requisitos específicos en el Registro Civil, la notaría o la parroquia correspondiente, ya que pueden variar según el lugar y las circunstancias personales.

Proceso de apertura del expediente matrimonial

Paso Descripción Detalles
1. Determinar dónde tramitar el expediente matrimonial Matrimonio religioso o civil Religioso: Parroquia y luego Registro Civil. Civil: Registro Civil o notaría.
2. Reunir la documentación necesaria Documentos personales y familiares DNI, certificados de nacimiento, empadronamiento, estado civil, etc.
3. Presentar la solicitud Entrega de documentos Presentar en Registro Civil, notaría o parroquia con dos testigos mayores de edad.
4. Declaración de los testigos Testigos validan el matrimonio Testigos confirman que no existen impedimentos legales para el matrimonio.
5. Revisión del expediente Revisión de documentos El funcionario o responsable revisa la documentación y puede pedir más información.
6. Resolución del expediente Autorización para celebrar el matrimonio Si todo está en orden, se autoriza la celebración y se emite el documento de resolución.

Como hemos visto más arriba, el lugar de tramitación varía dependiendo del tipo de ceremonia que desees:

Matrimonio religioso: Debes iniciar el trámite en la parroquia donde se celebrará la boda. Luego, el expediente debe enviarse al Registro Civil para su inscripción.

Matrimonio civil: Deberás acudir al Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes o a la notaría que desees, en Almoguera Notario podemos realizar la apertura de tu expediente matrimonial.

Antes de iniciar el proceso de solicitud, se debe reunir la documentación necesaria, ten en cuenta que si ya lo tienes todo preparado de antemano el proceso será más ágil y más llevadero para ti y para todos los involucrados, también es importante que toda la documentación esté actualizada:

  • DNI, NIE o pasaporte de ambos contrayentes (original y copia).
  • Certificado literal de nacimiento, emitido por el Registro Civil (no mayor a 3 meses).
  • Certificado de empadronamiento o residencia, que acredite el domicilio actual de cada contrayente.
  • Declaración jurada del estado civil actual.
  • Certificado de divorcio o viudedad, en caso de que uno de los contrayentes haya estado casado anteriormente.
  • Certificado de capacidad matrimonial, obligatorio si alguno de los contrayentes es extranjero.
  • Formulario de solicitud del expediente matrimonial, disponible en el Registro Civil o parroquia.

Importante: Se recomienda consultar con el Registro Civil o la parroquia para confirmar los requisitos específicos, ya que pueden variar según el lugar y las circunstancias personales.

Una vez que tengas toda la documentación, debes acudir al Registro Civil, la notaría o la parroquia con tu pareja. Allí, deberás entregar los documentos requeridos y solicitar la apertura del expediente matrimonial.

En esta etapa, también tendrás que proporcionar los datos de dos testigos mayores de edad, quienes declararán que no existen impedimentos legales para el matrimonio. Es importante que los testigos estén disponibles para acudir al lugar indicado cuando sean llamados.

Los testigos deben presentarse en el lugar indicado para declarar que los contrayentes son libres de contraer matrimonio y no tienen impedimentos legales. Este paso es crucial para validar el expediente.

El funcionario correspondiente o el responsable en la parroquia revisará toda la documentación y, si es necesario, solicitará información adicional. Este proceso puede tardar algunas semanas, dependiendo de la carga de trabajo del lugar donde se realiza el trámite.

Si todo está en orden, se emitirá un documento que autoriza la celebración del matrimonio. En el caso de matrimonios civiles, esta resolución te permitirá programar la fecha de la ceremonia. Para matrimonios religiosos, el expediente será enviado al Registro Civil para su inscripción después de la boda.

Tiempo estimado del trámite

El tiempo necesario para completar el expediente matrimonial varía según el lugar y la carga administrativa, pero generalmente tarda entre 1 y 3 meses. Es recomendable iniciar el trámite con suficiente antelación para evitar retrasos en la planificación de la boda.

Recomendaciones para obtener el expediente matrimonial

  • Comienza el trámite con tiempo: Inicia el proceso al menos 3 meses antes de la fecha prevista para el matrimonio.
  • Asegúrate de que los documentos estén actualizados: Verifica que los certificados y documentos requeridos no estén caducados, incluyendo tu DNI y el de tu pareja.
  • Consulta requisitos específicos: Cada Registro Civil, notaría o parroquia puede tener particularidades en cuanto a documentación o procedimientos, consultarlos con antelación te puede ayudar a ahorrar tiempo en el futuro.
  • Elige testigos confiables: Asegúrate de que los testigos puedan acudir al lugar indicado en la fecha acordada para realizar la declaración.
  • Busca asesoramiento: Si tienes dudas sobre el proceso, consulta con un abogado o directamente con el lugar que has elegido para gestionar tu expediente matrimonial.

Obtener expediente matrimonial en el notario

Desde Abril de 2021, se permite en España contraer matrimonio ante notario, así como obtener el expediente matrimonial en una notaría. Esta oportunidad se abrió en nuestro país con el objetivo de aligerar las cargas en el Registro Civil, debido a la gran cantidad de matrimonios civiles que se realizan cada año. 

El procedimiento para obtener el expediente matrimonial en el notario es realmente muy sencillo y similar a obtenerlo en una parroquia o Registro Civil. Si quieres obtener expediente matrimonial en una notaría de Madrid, contacta hoy mismo con Almoguera Notario, nuestro equipo te indicará todo lo necesario para obtenerlo con nosotros. También realizamos matrimonios ante notario.