El préstamo hipotecario es un producto bancario que le permite a usted, como cliente o prestatario, recibir una determinada cantidad de dinero (el denominado capital del préstamo) de una entidad de crédito (prestamista), a cambio del compromiso de devolver dicha cantidad, junto con los intereses correspondientes, mediante pagos periódicos (las llamadas cuotas).
¿Por qué se le llama hipotecario? Ese ‘apellido’ le viene de que en este tipo de préstamos la entidad de crédito cuenta con una garantía especial para el recobro de la cantidad prestada: una hipoteca sobre un inmueble (una vivienda, por lo general) que suele ser propiedad del cliente.
Todos los préstamos tienen como garantía genérica los bienes presentes y futuros del deudor. Pero en el caso de los préstamos hipotecarios, si usted, por ejemplo, que es la persona que ha recibido el dinero, no paga su deuda, entonces la entidad de crédito puede hacer que se venda el inmueble hipotecado con el fin de recuperar la cantidad que usted haya dejado pendiente de pago.
Si necesitas contratar un préstamo hipotecario, debes conocer que en su negociación y contratación existen tres fases:
- Una primera, precontractual, que se desarrolla fundamentalmente en la sucursal bancaria y que tiene lugar entre los clientes y el banco. En ella, se requieren los datos para el estudio financiero de la operación y se negocian sus condiciones particulares. Puede acabar sin acuerdo o con él. En este último caso, el cliente debe solicitar una oferta vinculante a la entidad bancaria. Con ello, se pone fin a esta fase y se inicia la siguiente.
- Una segunda, notarial, que tiene una parte precontractual y otra contractual. Se desarrolla entre los clientes y el notario y concluye con la firma de la escritura, que contiene el contrato que fija las condiciones financieras que van a regir el préstamo hipotecario durante toda su vigencia.
- Y una tercera, posterior, destinada a obtener la inscripción en el Registro de la Propiedad de la garantía hipotecaria a favor del acreedor. Esta fase se desarrolla sin intervención de los ya prestatarios, pues la realiza la gestoría del banco, la notaría si así lo quiere el consumidor o incluso él mismo cliente.
Por lo anteriormente apuntado se infiere que la figura del notario es la primera persona no vinculada al banco que te encuentras en el proceso, y se encarga del asesoramiento imparcial y el control de legalidad.
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