Los notarios solo aceptan el original, también llamado copia autorizada, del poder. Esto no se debe a una cuestión de ser quisquilloso o querer complicar la vida de los clientes, en realidad el verdadero motivo es aumentar la protección tanto del ponderante como del apoderado, ya que no importa solo que la persona en cuestión esté autorizada para realizar dicho trámite, si no que el poder se encuentre todavía en vigencia.
Una de las preguntas más comunes es por qué si hemos firmado el poder ante notario, ellos solicitan también la copia autorizada del mismo. Esto se debe a que, aunque si se revoca un poder el notario que realiza el trámite debe contactar con el notario que lo autorizó, pueden darse dos situaciones:
- La notificación de revocación del poder puede no haber llegado.
- La comunicación resulta imposible porque el poderante desconoce la fecha y notario que realizó el trámite.
Por tanto, no es válido para realizar un trámite presentar copias simples (no deja constancia en la escritura a diferencia de la copia autorizada) ni la fotocopia, compulsada o no, del poder.
Después de leer este post, esperamos que quede presente la importancia de solicitar siempre la copia autorizada de un poder notarial, no solo por parte del notario, si no también para todo aquel a quién le presenten uno.