Herederos

¿Qué hacer si los herederos no están de acuerdo?

Cuando una persona fallece y deja estipulado en su testamento que por ejemplo una vivienda quede repartida entre más de una persona, los herederos tienen el derecho de adjudicar la vivienda a uno de los herederos, previo pago de la parte que les corresponde al resto de los herederos, excepto que dentro de la herencia existan otros bienes con un valor equivalente que permita que todos los herederos queden compensados.
Eso sí, la cosa cambia si la persona fallecida ha dejado el bien adjudicado por partes porque entonces se produce una situación de copropiedad entre los herederos, ya que, cada uno sería propietario de parte del bien y les da el derecho a vender su parte del bien a otra persona si no quieren seguir siendo copropietarios.
Lo que suele ocurrir en estas situaciones en las que uno de los copropietarios quiere vender y el otro no, es que la persona que no quiere vender le compra al otro heredero su parte y de esta forma pasaría a ser propietario del bien heredado al cien por cien. Esta circunstancia se conoce como una extinción de condominio y normalmente tiene ventajas fiscales, frente a una venta tradicional.
En el supuesto de que ningún heredero se ponga de acuerdo con lo que quieren hacer con los bienes heredados, se puede comenzar en los tribunales una acción de división. Consiste en un juicio que resolverá de forma judicial la venta del bien en una subasta pública y el reparto del dinero sacado por el bien entre los herederos. Aunque no suele ser la mejor opción, tanto por el tiempo que se tarda como por el dinero que se obtiene.
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