Almoguera Notarios

Capital mínimo en Sociedad Anónima y en Sociedad Limitada

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En la anterior entrada del blog os explicamos algunas diferencias entre SA y SL para ayudaros a constituir la sociedad que deseáis de la manera más cómoda posible. Ya vimos que en la Sociedad Anónima los socios no importan demasiado sino su capital, y que en la Sociedad Limitada las aportaciones de los socios no solo se valoran en cantidades económicas pero, para empezar ¿cuánto dinero inicial hay que poner en cada sociedad?
El capital mínimo en sociedades limitadas es de 3.000 euros, sin tener por qué estar pagado en el momento de la firma y sin límite máximo. Eso sí, hasta que no se pague el importe mínimo el régimen de la sociedad estará en formación sucesiva.
El capital inicial mínimo de una sociedad anónima es de 60.000 euros y en el momento de la firma deberá estar pagado un 25% al menos. Tampoco hay un capital máximo y el capital restante del pago inicial se ingresará tras el plazo de los estatutos sociales en la cuenta de la sociedad.