En primer lugar, queremos destacar que todos los documentos que se firman en la notaría son secretos.
El secreto profesional es una de las bases fundamentales de nuestro trabajo, el cual se extiende también a nuestros empleados y a todos los documentos que se realizan en una notaría.
El derecho a tener acceso a la copia de las escrituras u otros documentos firmados ante notario es un derecho restringido y para lo cual hay que acreditar tener interés legítimo en el documento o ser uno de los otorgantes.
Sin embargo, eso no impide que si alguna disposición legal o un proceso judicial nos lo exige tengamos que facilitar una copia del documento, pero los notarios siempre preservamos y respetamos al máximo el derecho a la intimidad de las personas.
Por otro lado cabe mencionar que la copia de un testamento sólo la puede obtener en vida el otorgante o un apoderado especial, con lo que hasta que no fallezca el testador no tendrán derecho a obtener copia del mismo los interesados en la herencia.
Así que, si uno no se lo dice a nadie, nadie lo sabrá, y su voluntad está a salvo.
Una vez hecha la aclaración sobre la confidencialidad del notario a la hora de hacer testamento, os informamos de que el testador no es legalmente libre de dejar sus bienes a quien quiera, pues existe obligación legal de dejar la legítima a los descendientes, ascendientes y cónyuge, denominados herederos forzosos.
La legítima, instituida en el Código Civil se constituye por los dos tercios de la herencia del fallecido.
El primero de éstos se divide en partes iguales entre los hijos, mientras que el otro (el llamado de mejora) se distribuye libremente entre ellos o deja como beneficiario a uno solo de los descendientes.
Para más información sobre Como hacer un testamento, puedes contactar con nosotros ya que en Almoguera, tu notaria en Madrid, somos expertos en herencias y testamentos.