Legitimaciones notariales

El término legitimaciones notariales, de acuerdo con la normativa, hace referencia a la dotación de autenticidad de una firma o a la acción de dar fe del contenido de un documento a través de un acto notarial.
Por tanto, se basa en el principio de fe pública, que es la garantía que otorga el Estado, para afirmar que los hechos son auténticos y verdaderos en cuanto a derecho. La actuación de las notarías ejerce un papel fundamental en este principio, pues las legitimaciones otorgadas por los notarios son necesarias para dar a un documento la validez legal oportuna.
A modo de precisión, el reglamento de la organización y régimen del Notariado, recoge en su contenido (artículo 256) una definición de legitimación de firma, a la cual se refiere como un testimonio acreditativo de realizar dicha firma en presencia de un notario, o en su caso, el juicio de este sobre su pertenencia a persona determinada.
legitimaciones notariales